Cataluña, País Vasco, Galicia y Andalucía no celebran elecciones autonómicas junto con el resto de autonomías porque son ellas, en virtud de sus respectivos Estatutos, las que convocan sus propias elecciones.
Esto se debe al distinto acceso previsto en la Constitución a la autonomía, según el artículo 148 y el 151, lo que en su momento se llamó la "vía lenta" y la "vía rápida".
Por este último artículo accedieron directamente Cataluña, Euskadi y Galicia, mientras que Andalucía tuvo que ganarlo en un referéndum, el 28 de febrero de 1980, jornada que ha quedado como la fiesta de la comunidad.
Desde 1983, las elecciones autonómicas de las restante comunidades coinciden con las municipales.
Esta coincidencia de elecciones que se da desde entonces puede ser la última vez que ocurra, ya que las reformas de los Estatutos de la Comunidad Valenciana, Aragón, Castilla y León, Extremadura y Baleares, así como una modificación en el Amejoramiento de Navarra, arrogan la potestad a sus respectivos presidentes de Gobierno de convocar comicios con independencia de la fecha de las municipales.
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